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Ministerio de Cultura y Educación

Indice Preliminar Introducción La Transformación Educativa Los Docentes: su formación y capacitación Cifras


Los docentes: su formación y capacitación

La propuesta

a. Los Institutos de Formación Docente y la transformación educativa

La Ley 24.195 establece un nuevo sistema educativo, y también un nuevo modelo de formación docente: la formación docente continua, que abarca las siguientes funciones:

Estas funciones exigen una institución especializada, capaz de asumir todas estas tareas y de generar un proyecto académico específico entorno a ellas. Esto requiere de una organización institucional para tal fin, autonomía operativa, y una instancia de gobierno capaz de articular las diferentes tareas y los actores comprometidos en torno a un proyecto institucional de formación docente continua.

Para que cumplan realmente su función, los Institutos de Formación Docente deberán ser los verdaderos mecanismos de movimiento y aliento a la transformación permanente de la educación en el ámbito de su territorio, ya que en ellos se junta la posibilidad de mirar, por un lado, hacia las universidades, el saber pedagógico elaborado y, por otro lado, hacia la realidad del sistema educativo, las escuelas, los docentes.

b. Las tradicionales rupturas a superar

La formación de los docentes para todos los niveles y regímenes especiales corresponderá al nivel superario no universitario y universitario.

Los cambios en los sistemas de formación de docentes en el mundo muestran una clara tendencia a articular estos espacios con las universidades, para garantizar la actualización científica de los docentes.

Habrá un solo tipo de institución terciaria formadora de docentes, que podrá tener todas las opciones (formar sólo para inicial y EGB1/EGB2 o para EGB3/polimodal o para todo) o alguna de ellas, según sea lo conveniente.
Toda la formación docente compartirá un campo de formación general común sea cual fuere la opción final.

Los criterios de excelencia académica serán parejos para los Institutos de Formación Docente no universitarios y para las universidades. Para asegurarse de esto, ambas instituciones someterán sus carreras a sistemas de evaluación externa, que las acreditará, a partir de lo cual estarán en condiciones de formar parte de la Red Nacional de Formación Docente Continua.

Los contenidos de tipo disciplinario de todas las carreras tendrán equivalencia con un importante porcentaje de las asignaturas de las licenciaturas correspondientes de modo de facilitar la continuación de estudios universitarios a los docentes provenientes de cualquiera de las opciones de formación docente.

c. Los Institutos de Formación Docente y el resto del sistema educativo

Los Institutos de Formación Docente, universitarios y no universitarios, deben prestar un servicio permanente al sistema educativo a través de ofertas de capacitación y actualización de los docentes en servicio.

Será también espacios de formación y reflexión académica que garanticen la actualización permanente del sistema educativo.

El hecho de concebir la formación docente como continua implica una profunda transformación institucional, que hace necesaria la integración de las acciones de extensión e investigación a la de formación de grado que históricamente cumplen las instituciones formadoras de docentes.

d. Desarrollo de los diseños curriculares

Las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires desarrollarán sus diseños curriculares para la formación docente de grado, adecuándolos a los contenidos básicos comunes para la formación docente de grado acordados en el Consejo Federal de Cultura y Educación.

Desde setiembre de 1996 existen Contenidos Básicos Comunes para la Formación Docente, acordados nacionalmente, que dan el marco general para la formación docente de grado. Abarcan tres campos:

1. el campo de la "formación general", común a todos los estudios de formación docente de grado, destinado a conocer, investigar, analizar y comprender la realidad educativa en sus múltiples dimensiones, que comprende los siguientes bloques temáticos

2. el "campo de la formación especializada", para niveles y regímenes especiales centrado en uno de ellos y destinado a sustentar el desempeño de la actividad docente, adecuado a sus requerimientos específicos, que abarca diferentes aplicaciones:

3. el campo de la "formación de orientación", que comprende la formación y/o profundización centrada en ciclos, áreas y/o disciplinas curriculares y/o sus posibles combinaciones.

e. Alternativas de articulación interinstitucional

Dadas las nuevas funciones que deberán desarrollar los Institutos de Formación Docente en la asistencia técnico-pedagógica de las escuelas y de los equipos de supervisión, resulta singularmente importante su distribución territorial.

Por ello, este nuevo modelo de instituto de formación docente debe ser flexible en términos de las necesidades y prioridades de la zona.

Esto significa que si la demanda o los recursos humanos de una región no son suficientes para que un instituto cumpla con las tres funciones, puede asociarse en un inicio con otros que le permitan complementar sus acciones y satisfacer las necesidades del subsistema educativo regional. En el intercambio interinstitutional es posible generar recursos humanos para la función ausente originalmente y atender las demandas de la región.

Formación Docente (FD) en Argentina a partir de las Leyes 24195/93 y 24521/95

Qué cambia en la Formación Docente:

1. Se establecen contenidos básicos obligatorios para los Institutos de Formación Docente y las Universidades.

2. Se promoverá la articulación entre los Institutos de Formación Docente y las Universidades.

3. Se enriquece la Formación Docente: será reconocida la formación en los Institutos de Formación Docente (no universitario) para completar su formación de grado en la universidad y obtener la licenciatura y el doctorado.

4. Los Institutos de Formación Docente y las Universidades serán evaluados sistemáticamente (evaluación externa).

COMO SERA A PARTIR DE 1997?


La Formación Docente estará a cargo de

Nivel Superior (Universitario y No Universitario)
  • Institutos Superiores de Formación Docente (ISFD)

    Reordenamiento dic/96 Acreditación de calidad ic/97

Superior noUniversitario -Deberán cumplir criterios académicosen su organización institucional, perfil docente y contenidos. Serán evaluados
  • Colegios Universitarios
  • Institutos Universitarios
Superior Universitario - Respetarán loscontenidos que se establezcan. Serán evaluados
  • Universidades

4 Instancias de Formación Docente

Formación inicial (titulación)

Perfeccionamiento docente

Capacitación docente para nuevos roles

Capacitación pedagógica de profesionales no docentes

Organización académica
Nivel Inicial, EGB1 y EGB2

EGB3 y Polimodal

Dominio de la disciplina. Su forrmación contendrá un alto porcentaje de la licenciatura respectiva licenciatura respectiva complete su carrera con el grado universitario. Dominio de todos los campos que enseñará: Lengua, Matemática, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales, Tecnología, Educación Artística, EducaciónFísica, Formación Etica y Ciudadana .

Formación Docente Continua
  • Formación Inicial
  • Capacitación Docente en Servicio
  • Investigación

Reorganización de contenidos

CBC (Contenidos Básicos Comunes) de la
  • Formación general
  • Formación especializada
  • Formación orientada

Red Federal de Formación Docente Continua
Red Electrónica Federal de Formación Docente Continua


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